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Noticia - Ciberapología de la violencia - España - Twitter

Condenado por Ciberapología de la violencia y a favor de ETA en Twitter

La ciberapología de la violencia es una conducta muy común en las redes sociales, que cada vez se esfuerzan más por erradicarla definitivamente

Se ha condenado en #España a un usuario de #Twitter debido a la realización de un delito de #enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas, lo que en el mundo #ciber se conoce como #ciberapología de la violencia.

El usuario, condenado a una pena de 18 meses de prisión, colgó una foto en su perfil de esta red social del tristemente célebre atentado contra Luis Carrero Blanco, producido el 20 de diciembre de #1973 en #Madrid, por la banda terrorista #ETA, y la acompañó con un comentario que, parafraseando una de las frases más célebres del cine de animación, #Toy Story, expresaba: "Hasta el infinito y más allá"

Así mismo, desde 2013, había estado utilizando su perfil para promover los actos de esta banda armada, pedir que se continuara con la #violencia, y animar a que se siguieran realizando asesinatos y atentados, utilizando el altavoz de la red social para promover la violencia entre todos sus seguidores.

Este tipo de conductas se encuentran prohibidas expresamente en las principales redes sociales, y #Twitter no es un excepción, aunque se desconoce el motivo por el que aún no había censurado esta cuenta. Mediante sus Términos y Condiciones, y sus reglas de uso Twitter prohíbe:

  • Publicar o enviar amenazas de violencia directa o específica contra otros.
  • Utilizar el servicio para algún propósito ilícito o promoción de actividades ilegales.
  • Participar en actividades de abuso o acoso dirigido hacia otras personas

No se trata del primer caso de condena por #ciberapología de la violencia en internet desde el #mundo físico, y cada vez con mayor frecuencia irán apareciendo Sentencias de esta naturaleza.

La tendencia a regular el #ciberespacio y las conductas que se realizan en él es cada vez mayor, uniendo cada vez más las condenas a penas de prisión, junto con la prohibición de acceso a internet o utilización de las redes, a pesar de que en este caso no ha trascendido lo segundo.