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Noticia - Ciberacoso - España

Condenados por difundir el vídeo íntimo de una joven sin su consentimiento

El principal acusado repartió copias en la piscina municipal y se hicieron diversas proyecciones en el pueblo.El Tribunal Supremo confirma las penas de entre siete meses y un año y nueves meses de prisión contra 13 personas por un delito de revelación de secretos con la atenuante de dilaciones indebidas.

En el 2004 una joven de 21 años, llevó su ordenador a una tienda de informática de su ciudad para repararlo. Desafortunadamente olvidó eliminar de la papelera de reciclaje del ordenador varias imágenes personales, entre las cuales, se encontraban 4 archivos con imágenes comprometidas que la joven había descargado en su ordenador después de haber grabado un íntimo.

Uno de los informáticos de la tienda recuperó los cuatro archivos e hizo copias sin el consentimiento de la propietaria. El principal acusado repartió estas copias con los 8 condenados y éstos lo difundieron por todo el pueblo a través de internet.

La víctima denunció los hechos a la Guardia Civil después de que unas amigas le informaran de lo sucedido. Además de los daños psíquicos, la joven tuvo que cambiar de residencia.

La sentencia de la Sala de lo Penal explica que se trata de una conducta que desde nuestro contexto cultural es tenida como afrentosa a la intimidad del sujeto perjudicado.

El #ciberacoso sexual o #sextorsión, es aquella actividad de chantaje y atosigamiento a través de fotografías o videos eróticos en las que aparece la victima acosada. Por tanto, se refiere a una variante del ciberacoso consistente en un abuso sexual virtual.

Fuente: Poder Judicial