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Noticia - Ciberpiratería - España

¿Por qué ha cerrado Popcorntime?

Popcortime ofrecía contenido en streaming en calidad HD a 720p y 1080p

La página más popular de streaming de contenido (películas y series) desde la desaparición de #Megaupload y #Seriesly, ha cerrado tras varios meses de conflictos con las autoridades de diferentes países europeos, entre ellos España.

La conocida web y aplicación de streaming de películas y series se convirtió en líder en el sector de las páginas web de este tipo de contenido, gracias a los torrents en HD en 720p y 1080p que lograba a través de otros servicios de Torrents externos, y al amplio catálogo de películas y series del que disponía, al que todo usuario podía acceder sin necesidad de registrarse.

Esta web, al igual que sus predecesoras, estaba en el punto de mira de las principales productoras cinematográficas y compañías distribuidoras videográficas, que la acusaban de reiterados delitos contra la propiedad intelectual. 

Más allá de la permanencia de popcorntime a través de otras páginas clonadas o las posibles sanciones que se logren imponer a los responsables detrás de esta iniciativa, es importante conocer los motivos por los que este tipo de páginas están acusadas de #piratería o #ciberpiratería y el motivo por el que sus responsables han decidido dejar esta actividad.

¿En qué consiste esta conducta?

La piratería o #infracción de derechos de autor consiste en la apropiación, copia y distribución ilegal de obras y productos protegidas por derechos de autor, como películas, libros, música, videojuegos, software o cualquier material protegido, a través de los diferentes medios disponibles para llegar al público. La ciberpiratería tiene la misma definición, solo que cometida a través de internet.

En #España, donde #popcorntime se había hecho con el trono de las webs de streaming de contenido, según el recientemente aprobado Código Penal, cometerá este delito (entre otros) quien, en la prestación de servicios de la sociedad de la información, es decir, a través de una web, con ánimo de obtener un beneficio económico, y en perjuicio de tercero, facilite el acceso o la localización de obras o prestaciones  sin la autorización de los titulares, ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras y contenidos, aunque dichos enlaces hubieran sido facilitados inicialmente por los destinatarios de sus servicios. 

En definitiva, cometerán el delito los responsables de las páginas web de enlaces como Seriesly, Seriespepito, Cuevana, Popcorntime etc. Si es que actualmente mantienen la actividad por la que se hicieron conocidas en el pasado. Muchas de esas webs han procedido a eliminar los enlaces y únicamente operan como bibliotecas, listas de contenido, y portales de noticias relacionadas con el mundo audiovisual.

En el estado actual del Código, esta es una conducta recogida específicamente y castigada con una pena de prisión de 6 meses a 4 años y multa de 12 a 24 meses. Ante esta perspectiva, similar en muchos otros países del entorno, es razonable que los responsables hayan preferido no seguir con esta actividad y evitar así la persecución en todos los Estados donde operaban.

En Ciberderecho.com se puede encontrar un análisis más detallado de esta conducta y su tratamiento en España, y las soluciones para los propietarios de las obras y elementos protegidos por la Propiedad Intelectual que sufren esa ciberconducta y quieren eliminar el problema.